TC da otro golpe a la SVS y falla a favor de Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz en caso Cascadas
El Tribunal Constitucional reconoció la arbitrariedad de la multa impugnada.
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Era una crónica anunciada el desenlace del reclamo hecho por los ejecutivos de LarrainVial, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz ante el Tribunal Constitucional (TC), pidiendo dejar sin efecto y/o reducir la histórica multa que aplicó la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a los involucrados en caso de las cascadas de SQM y que hoy se hizo público.
Esta vez el tribunal, al igual que en septiembre del año pasado cuando falló a favor del recurso presentado por Roberto Guzmán Lyon, abogado de SQM, acogió el requerimiento de los recurrentes (de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en la multa) por la ausencia de criterios objetivos para establecer las sanciones, entre otros puntos.
"Es tal el nivel de imprecisión del régimen sancionatorio debido (por separado y en conjunto) a la vaguedad del concepto de operación irregular sobre el cual ha de calcularse el porcentaje (de la multa), y a la ausencia de criterios de graduación en el proceso de singularización de las sanciones, que en el ejercicio dirigido a fijar el monto de las multas el órgano administrativo sancionador o el juez estaría creando, más que interpretando, la ley", señala la resolución.
El fallo agrega que la resolución administrativa por la cual se aplica la sanción a los requirentes carece de un desarrollo que "ilumine la razón de por qué a los dos requirentes de autos se les ha multado por los importes ya señalados. Asimismo, de cuál podría ser la coherencia detrás de los montos tan disímiles con que se ha multado al resto de los sancionados, entre los cuales, además y sin explicación, hay tanto sociedades como individuos, participantes directos como intermediarios, y personas que habrían recibido beneficios, como también algunas que no obtuvieron ganancia de las operaciones reprochadas"
Por lo anterior, el tribunal decidió acoger el requerimiento de inaplicabilidad que significa que la sanción máxima de Bulnes y Errázuriz quedará establecida en UF 15.000 para cada uno, cifra significativamente menor a las UF 200.000 y UF 100.000 respectivamente, que la SVS estableció en un comienzo.
Tras conocerse el fallo, Florencio Bernales, abogado de los ejecutivos dijo que con esta resolución se reconoce la "desproporcionalidad y arbitrariedad en el actuar de la Superintendencia de Valores y Seguros respecto a mis clientes, que en este caso había impuesto sanciones pecuniarias exorbitantes sin ningún fundamento jurídico ni económico para justificarlas. Esto significa que la máxima sanción que podría haber impuesto la SVS era de UF 15.000".